Residencia fiscal: la clave de todo
La primera pregunta que debes responder es si eres residente fiscal en España o no. Esto determina completamente cómo tributas.
Eres residente fiscal en España si cumples alguno de estos criterios:
- Permaneces más de 183 días en España durante el año natural.
- Tu centro de intereses económicos está en España (tu empresa, tus ingresos principales...).
- Tu cónyuge e hijos menores residen habitualmente en España (presunción de residencia).
Si eres residente fiscal: IRPF (Modelo 100)
Tributas por tu renta mundial — todos tus ingresos, independientemente de dónde los obtengas. Tipo progresivo del 19 % al 47 %.
Deducciones relevantes para expatriados:
- Exención por trabajos en el extranjero (art. 7.p LIRPF): Rendimientos del trabajo obtenidos en el extranjero por trabajos realizados allí pueden estar exentos hasta 60.100 €/año, si se cumplen ciertos requisitos.
- Doble imposición internacional: Si has tributado en otro país por las mismas rentas, puedes deducir el impuesto pagado allí (con límites).
Si no eres residente: IRNR (Modelo 210)
Tributas solo por las rentas de fuente española: alquileres, dividendos, ganancias por venta de inmuebles en España, etc. Tipo general del 24 % (19 % para residentes en la UE/EEE).
Atención: Si tienes un inmueble en España que no alquilas, también debes declarar la imputación de rentas inmobiliarias (1,1 % o 2 % del valor catastral).
Documentos que necesitarás
Para residentes:
- Certificado de retenciones del empleador
- Datos de inmuebles (referencia catastral, valor, % de propiedad)
- Extractos de cuentas bancarias en el extranjero (si supera 50.000 €, también el Modelo 720)
- Certificado de residencia fiscal del país de origen (si solicitas deducción por doble imposición)
Para no residentes:
- NIE / NIF (imprescindible)
- Escritura o referencia catastral del inmueble
- Certificado de residencia fiscal en el país de residencia (para aplicar convenio)
- Contratos de arrendamiento (si alquilas)
Convenios de doble imposición
España tiene convenios firmados con más de 90 países para evitar que tributes dos veces por los mismos ingresos. El convenio determina qué país tiene el derecho preferente de gravar cada tipo de renta. Consulta siempre el convenio específico con tu país de residencia anterior.
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